La Ley de Economía Digital ya pasó el Senado: qué quedó y qué te toca

El Senado aprobó la Ley de Economía Digital y va al Ejecutivo. No prohíbe el efectivo en general: Hacienda decidirá en qué sectores el pago digital será obligatorio. Qué quedó y qué te toca.

Actualización fiscal para todos · Ley de Economía Digital · Actualizado al 20 de octubre de 2026

El 9 de octubre te conté en dónde iba la Ley de Economía Digital y te prometí avisarte en cuanto la votara el Senado. Pasó hoy. Ya leí el texto completo y te cuento qué quedó, qué no dice y qué te toca.

Qué se aprobó y en qué estado está

Este 20 de octubre el Senado aprobó la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, la misma que la Cámara de Diputados había aprobado el 6 de octubre con 330 votos a favor y 122 en contra. En el Senado pasó en lo general con 72 votos a favor y 34 en contra, y todas las propuestas de cambio de la oposición se rechazaron, así que quedó igual que la minuta de Diputados. Ahora va al Ejecutivo para publicarse en el Diario Oficial de la Federación y entra en vigor al día siguiente de esa publicación. Al momento de escribir esto todavía no se publica.

Es una ley corta, de 22 artículos y 5 transitorios, y lo primero que conviene aclarar es lo que no hace. No prohíbe el efectivo de forma general, no reforma la Ley del ISR, la del IVA ni el Código Fiscal, no fija topes a las comisiones de los bancos y no trae multas propias. Su objetivo, dice el artículo 1, es «promover la adopción e implementación» de los pagos digitales.

Estos son los cinco puntos que sí importan.

1. Qué cuenta como pago digital. El artículo 2 incluye los códigos QR, los pagos por acercamiento (NFC), las tarjetas de débito y crédito, las transferencias, la domiciliación y cualquier otro medio que reconozcan las autoridades financieras. Ahí caben CoDi, DiMo (el pago con número de celular) y el SPEI de todos los días.

2. Para los negocios en general es opcional. El artículo 11 dice que los proveedores de bienes y servicios «podrán» implementar estos medios de pago. La palabra es podrán, no deberán. Pero el artículo 12 agrega que quien los acepte tiene que habilitar la infraestructura, avisar a sus clientes qué medios recibe y resolver las fallas cuando se presenten.

3. Hacienda decidirá dónde el pago digital será el único. Este es el corazón de la ley y el punto más discutido. El artículo 13 faculta a la Secretaría de Hacienda para determinar «sectores estratégicos y actividades relevantes» en los que el pago digital podrá ser la única forma de pago. La ley no dice cuáles son. En la nota anterior te conté que el gobierno ha mencionado gasolineras y casetas como los primeros; sigue siendo lo más probable, pero no está en el texto, así que habrá que esperar la lista oficial. Los transitorios le dan a Hacienda 15 días hábiles después de la entrada en vigor para publicarla, y luego cada autoridad del sector tiene otros 15 días hábiles para emitir las reglas, incluyendo plazos de transición gradual (artículo 14).

4. El efectivo sigue siendo el plan B. Si se cae el sistema, el artículo 15 permite cobrar en efectivo o cheque. Eso sí, en los sectores estratégicos las fallas «no podrán justificar de manera permanente o recurrente» dejar de cumplir (artículo 16).

5. El gobierno también entra. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán aceptar pagos digitales en sus trámites (artículo 10). Banco de México y la CNBV podrán obligar a que las terminales de tarjeta acepten también pagos con QR (artículo 19). Y la CURP digital y el Expediente Digital Ciudadano servirán para abrir cuentas y pedir créditos sin papeles (artículos 5 a 9).

A quién le aplica, con ejemplos

Si tienes un negocio fuera de los sectores que defina Hacienda. No estás obligado a nada nuevo. Puedes seguir cobrando en efectivo. Lo que cambia es que tus clientes van a pedir cada vez más pagar con el celular, y la ley empuja a que eso sea más fácil.

Si vendes a otras empresas, el pago digital te conviene desde ya. Andrés tiene una refaccionaria y la mitad de sus ventas son a talleres que facturan. Esos talleres solo pueden deducir los pagos de más de 2,000 pesos si los hacen por transferencia, tarjeta o cheque nominativo; así lo pide el artículo 27, fracción III, de la Ley del ISR desde hace años, y también aplica para acreditar el IVA. Si Andrés solo recibe efectivo, sus clientes empresa pierden la deducción y se van con la competencia. Para él, aceptar transferencias y QR no es un gasto, es retener clientes.

Si tu margen es chico y cobras en efectivo, haz cuentas. Doña Mari tiene una fonda y vende 120,000 pesos al mes, casi todo en efectivo. Si el 60% de sus clientes empezaran a pagarle con tarjeta y su terminal cobra 3.5% más IVA, pagaría unos 2,923 pesos al mes de comisión. En una fonda donde el margen ronda el 15%, eso pesa. Por eso la ley apuesta por el QR y las transferencias, que el gobierno promueve como cobro sin comisión para el comercio. Doña Mari puede ofrecer transferencia o CoDi como primera opción y dejar la tarjeta para quien la pida.

Si estás en un sector que Hacienda declare estratégico. Ahí sí habrá obligación. Tendrás que aceptar pagos digitales y, según las reglas de tu sector, dejar el efectivo en el plazo que te den. Esa es la parte que hay que vigilar en las próximas semanas.

Qué tienes que hacer y para cuándo

Hoy, nada urgente. La ley todavía no está publicada y los sectores no se conocen. Pero hay tres cosas que vale la pena hacer este mes.

Primero, revisa qué medios de pago aceptas y cuánto te cuestan. Muchos negocios pagan comisiones sin saber exactamente el porcentaje.

Segundo, pon en orden tu cuenta bancaria. Cuando cobras digital, cada peso entra al banco con fecha y nombre. Para el SAT eso es información y para ti también debe serlo. El artículo 59, fracción III, del Código Fiscal permite presumir como ingreso cualquier depósito que no coincida con tu contabilidad. Si todo lo cobrado está facturado y registrado, no hay nada que temer.

Tercero, cuando se publique la lista de sectores (unos 15 días hábiles después de la entrada en vigor), confirma si tu actividad está ahí. Si sí, la autoridad de tu sector te dirá plazos y condiciones dentro de los 15 días hábiles siguientes.

Qué pasa si no lo haces

La ley no tiene un capítulo de multas. Si estás fuera de los sectores estratégicos, no aceptar pagos digitales no te genera una sanción. Lo que sí tiene costo es quedarte atrás. Los clientes empresa no pueden deducir lo que te pagan en efectivo arriba de 2,000 pesos, y los clientes jóvenes ya no traen billetes.

En los sectores estratégicos el panorama será distinto, porque las reglas de cada autoridad podrían traer consecuencias propias. Todavía no se conocen.

Del lado fiscal, cobrar digital no te hace pagar más impuestos; pagas lo mismo que ya debías pagar. Lo que cambia es que todo queda registrado. Si hoy hay ventas en efectivo que no facturas, la ley te da una buena razón para ponerte al corriente antes de que esa diferencia aparezca en tus estados de cuenta.

Cuándo conviene que lo vea un profesional

Si tu negocio podría caer en un sector estratégico, si quieres saber cuánto te costaría cobrar digital frente a lo que hoy te cuesta manejar efectivo, o si tienes depósitos que no cuadran con tu facturación, vale la pena sentarte con un contador. Un Neocontador no solo revisa tus números, te ayuda a escoger cómo cobrar sin que la comisión se coma tu utilidad y a que tu contabilidad cuadre sola con tu banco.

Las herramientas ya existen. Un mPOS como ContoPay convierte tu celular en terminal, cobra con tarjeta o liga de pago y factura en el mismo momento, y si tu empresa ya creció, Crol ERP concilia esos cobros con tu contabilidad. Lo importante es decidir con números, no por presión.


¿Tu negocio podría quedar en la lista de Hacienda? Cuéntame en los comentarios a qué te dedicas y cómo te pagan hoy tus clientes, y te digo qué conviene revisar. En cuanto se publique la lista de sectores, te cuento aquí cuáles quedaron.

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